Trump anuncia no más Ciudadanías por Nacimiento. ¿De verdad?
por José Enrique Perez
Realmente no lo puede hacer. Simplemente otra mentira, o solo
palabras, o solo es su retórica racista. Sin importar como tu lo quieras llamar, es casi imposible para él hacerlo.
La Decimocuarta (14) Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos de América expresa:
“Toda persona nacida o naturalizada en EE.UU y sujeta a su jurisdicción, es ciudadana de EE.UU y del estado en el cual reside.”
Durante la campaña para las elecciones del término medio este mes, el Presidente Trump dijo que éramos el único país donde la ciudadanía es otorgada por derecho de nacimiento en los Estados Unidos. El también dijo que la ciudadanía era otorgada a las personas nacidas aquí por culpa de los problemas de las leyes migratorias. Primero y principal, hay mas de 30 países que otorgan el mismo beneficio. Segundo, la Decimocuarta (14) enmienda no tiene nada que ver con inmigración. De hecho, no habían leyes migratorias en los años 1800 cuando la enmienda fue pasada. Además, la ciudadanía no puede ser condicionada o modificada por leyes migratorias ya que este es un mandato constitucional. El privilegio de obtener la ciudadanía por nacimiento o por naturalización no puede ser cambiado por la agenda racista del Presidente.
Para poder alterar la constitución se debe hacer una enmienda o una propuesta de enmienda y después requiere su ratificación. Una enmienda puede ser propuesta con el voto de las dos terceras partes del Congreso es decir de la Cámara de Representantes y del Senado o a través de una convención de los Estados que estén de acuerdo con las dos terceras partes de las legislaturas a nivel nacional.
El Artículo 5 de la Constitución de los Estados Unidos describe el proceso a través del cual la Constitución, que controla a todo el gobierno, puede ser alterada. Para ser parte de la Constitución, una enmienda deberá ser ratificada basado en la decisión del Congreso por las legislaturas del 75% de los estados o las convenciones del 75% de los estados del país. El voto de cada estado (para ratificar o rechazar una propuesta de enmienda) trae el mismo peso, sin importar el número de personas que vivan en el estado o el tiempo que el estado tenga siendo parte del país.
En conclusión, es casi imposible para que el Presidente Trump o su administración puedan quitar el derecho a la ciudadanía. No lo puede hacer ni por orden ejecutiva, ni por decreto.
Debes recordar que mis artículos, y en particular la intención de este artículo no es darte consejo legal; al contrario, fue redactado con la intención de guiarte acerca de las nuevas políticas migratorias. Además, este artículo no identifica o explica todos los posibles problemas que se puedan presentar en un caso de inmigración o una aplicación con USCIS. Cada caso tiene hechos particulares y específicos que por lo tanto podrían determinar o arrojar diferentes resultados.
Yo represento a personas en casos de inmigración. Si tienes alguna pregunta acerca de un caso de inmigración, por favor no dudes en llamarme al teléfono (315) 422-5673, me puedes enviar un fax al (315) 466-5673, o puedes enviarme un correo electrónico a joseperez@josepereztuabogado.com. Mi oficina esta localizada en 120 East Washington Street, Suite 925, Syracuse, New York 13202. También tenemos oficinas en Buffalo y Rochester!!! Recuerda buscar mi articulo en la próxima edición del mes de Diciembre.