El Presidente en Favor..?

¿PUEDE EL PRESIDENTE OBAMA ACTUAR SIN EL CONGRESO EN FAVOR DE LOS INMIGRANTES? 

Si, el tiene el poder de hacerlo.  Sin embargo, el poder que tiene es un poco limitado.  Hay dos casos de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos que han ratificado este poder.

El primer caso es Reno v. American-Arab Anti Discrimination Committee, 525 US 471, 490 (1999).  En ese caso la mayoría de la Corte Suprema de Justicia declaro que la problemática que llevo al poder ejecutivo a tomar la determinación de que si acusaba criminalmente los casos “fue magnificado significativamente por el contexto de la deportación”, ya que los procedimientos de deportación son civiles y no criminales.

Y en el segundo caso, el cual fue decidido durante la Presidencia de Obama, Arizona v. US, 132 S. Ct at 2498 (2012), la Corte Suprema decidió que “una figura principal del sistema de deportación es la amplia discreción que se le ha otorgado a los funcionarios de inmigración.” La decisión de Arizona también especifico que “las preocupaciones humanitarias” y “las equidades de los casos individuales” son algunos de los factores que deben estar envueltos en la discreción acusatoria.

Además de estas declaraciones generales hechas para la Corte Suprema, analistas y defensores de los derechos de los inmigrantes citan numerosas decisiones de la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals por su nombre en Ingles) y de las cortes federales que han ratificado las discreción en materia de inmigración que tiene el poder ejecutivo en diferentes áreas de inmigración.  Esto incluye lo siguiente:

• Dejar entrar a una persona con parole a los Estados Unidos;
• Comenzar el procedimiento de deportación y que cargos traer en contra del acusado;
• Comenzar o desestimar un procedimiento de deportación;
• Cancelar el cargo de entrada u otros cargos antes de que el juez de inmigración asuma la jurisdicción del caso;
• Conceder la acción diferida o extended la salida voluntaria;
• Apelar o no la decisión de un juez de inmigración o una orden del mismo e introducir una moción de reabrir un caso;
• Invocar una paralización automática de la deportación durante un proceso de apelación; e
• Imponer multas por algunas violaciones.

Por supuesto, estos casos favorecen una acción ejecutiva del Presidente Obama. Por lo tanto, si el Congreso o el líder de la cámara baja Boehner deciden seguir con sus planes de demanda que fueron aprobados el pasado Julio por supuestamente haber excedido su autoridad con respecto al ejercicio de discreción en cuanto a los casos de inmigración, ellos van a tener muchos problemas en probar que la ley no le favorece al Presidente Obama sino a ellos.

Sin embargo, es importante no olvidar que hay limitaciones en el poder ejecutivo en cuento a su discreción de aplicar las leyes migratorias. Estos limites los discutiremos en un próximo articulo.

Debes recordar que mis artículos, y en particular la intención de este artículo no es darte consejo legal; al contrario, fue redactado con la intención de guiarte acerca de la posibilidad de una acción diferida o un alivio que pueda dar el Presidente Obama con relación a inmigración. Además, este artículo no identifica o explica todos los posibles problemas que se puedan presentar en un caso de inmigración. Cada caso tiene hechos particulares y específicos que por lo tanto podrían determinar o arrojar diferentes resultados.

Si tienes alguna pregunta acerca de cualquier problema legal no dudes en llamarme al teléfono (315) 422-5673, me puedes enviar un fax al (315) 466-5673, o puedes enviarme un correo electrónico a joseperez@josepereztuabogado.com. Mi oficina esta localizada en 120 East Washington Street, Suite 925, Syracuse, New York 13202. Recuerda buscar mi articulo en la próxima edición del mes de Septiembre.

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