Testamento de Voluntad de Vida vs. Poder para la Asistencia Médica

por José Enrique Perez

Hemos estado escribiendo en los últimos meses acerca de Inmigración, Trump y los cambios en las diferentes políticas de este nuevo gobierno. Es tiempo de tomar un descanso de todo eso. Ahora, vamos a hablar acerca de la planificación para ti, tu familia, y tus amigos.

Con el pasar de los días, nuestras mentes están siempre llenas de planes para el futuro. Sin embargo, casi nunca nosotros nos detenernos a pensar que podría pasar si algún día por alguna razón quedamos inhabilitados permanentemente para entender planes futuros. Esta es la razón por la cual tu deberías anotar tus deseos acerca de los tipos de tratamientos que tu quieres o no quieres recibir y nombrar a alguien en quien confíes para que supervise tu cuidado de salud si se llegase a dar el caso de que tu no lo puedas hacer. Hay dos documentos básicos que permiten hacer eso: 1) Testamento de Voluntad de Vida, y 2) Poder para la Asistencia Médica. Tu no tienes que estar enfermo o muriéndote para poder ejecutar estos documentos. De hecho, tú deberías firmarlos cuando estés en tu total capacidad y en tu libre albedrío.

El Testamento de Voluntad de Vida (o Living Will por su nombre en Inglés) no es realmente un testamento. Al contrario, el Testamento de Voluntad de Vida es un documento que tu firmas antes de que te suceda cualquier cosa para expresar solo las decisiones que tú tomarías con relación a tu salud y a tu tratamiento medico en caso de que por alguna razón no puedas comunicarlas porque estés en estado Terminal, en coma, o permanentemente inconsciente. El Testamento de Voluntad de Vida le ordena a los médicos que tu deseo es que no te traten, que te traten solo por algunas cosas y por otras no, o que te traten con todas las cosas y medios que se puedan. El Testamento de Voluntad de Vida no puede ser utilizado para rechazar que se te alimente o hidrate. Si tu deseas que en ese caso no te alimenten o hidraten, entonces tu debes firmar un documento legal que se llama Poder Para la Asistencia Médica (o Healthcare Proxy por su nombre en Inglés).

Dado que el Testamento de Voluntad de Vida tiene que ver con cosas de salud bien delicadas, tú deberías consultar con tu doctor para clarificar las opciones de tratamiento que existen si quisieras ejecutar ese documento. Una cosa muy importante que debes entender es que el Testamento de Voluntad Médica no toma ningún efecto legal al menos que se determine médicamente que estas en estado permanente vegetativo o en estado Terminal, y por lo tanto no puedas comunicarte.

Cualquier persona de 18 años o mayor puede hacer un Testamento de Voluntad de Vida y lo debe firmar en frente de dos testigos, los cuales también deben firmarlo porque tienen que atestar que el documento fue firmado en su presencia. Estos testigos también deben tener por lo menos 18 años. Los testigos no pueden estar relacionados contigo, y ellos no pueden ser beneficiarios de tus propiedades o tener responsabilidades financieras por tu cuidado medico.

El Testamento de Voluntad de Vida es una forma simple que puede ser llenada por ti. Sin embargo, se recomienda que la revises con un abogado antes de ejecutarla. Si llegase a haber un error en el Testamento de Voluntad de Vida significaría que no podrá ser reconocida legalmente y por lo tanto, tus deseos no serán cumplidos.

El Poder Para la Asistencia Médica tiene mas jerarquía que el Testamento de Voluntad de Vida. Este documento le da a otra persona el poder de tomar decisiones por ti de tu cuidado medico en caso de que tu no puedas tomar esas decisiones por sí solo. El Poder Para la Asistencia Médica se diferencia del Testamento de Voluntad de Vida en cuanto a que este autoriza a la persona designada a ejecutar tus deseos expresados en el Testamento de Voluntad de Vida o tomar decisiones que tú no hayas anticipado en el Testamento de Voluntad de Vida. Es importante que sepas que el Poder Para la Asistencia Médica no requiere que tu estés en estado vegetal o en estado Terminal para que se empiece a ejecutar. Por supuesto, la persona que tu designes en el Poder Para la Asistencia Médica debe ser una persona en la que confíes plenamente. Esta persona debe tener por lo menos 18 años (por ejemplo, tu esposo o esposa, familiar, etc.). Tu no puedes designar a tu doctor, un empleado del hospital, pensión, o una enfermera donde tu estés recibiendo tratamiento medico. Tu puedes encontrar estas formas en la pagina del Procurador del Estado de Nueva York: https://ag.ny.gov/health-care%5Chealthcare-proxy

Si tu no tienes un Testamento de Voluntad de Vida o un Poder para la Asistencia Médica, tus familiares van a estar peleando y discutiendo acerca de qué tratamientos tu debes o no debes recibir. Por lo tanto, lo mejor para todos es que tú ejecutes ambos documentos. Los dos pueden co-existir. Los centros de cuidado de personas de edad son una buena fuente de orientación. Muchos de ellos tienen empleados que han sido entrenados en el área y podrían discutir tus opciones contigo. El representante de los pacientes en un hospital local también podría ser una buena persona para contactar si necesitas ayuda. Y, por supuesto, si tu tienes un doctor de cabecera, tu puedes discutir esto con el o ella.

Recuerden que mis artículos, y en particular la intención de este artículo no es darte consejo legal; al contrario, fue redactado con la intención de guiarte acerca de los testamentos de voluntad de vida y los poderes para la asistencia médica. Además, este artículo no identifica o explica todos los posibles problemas que se puedan presentar en un caso. Cada caso tiene hechos particulares y específicos que por lo tanto podrían determinar o arrojar diferentes resultados.

Yo represento a personas en muchos tipos de casos. Si tienes alguna pregunta acerca de un caso, por favor no dudes en llamarme al teléfono (315) 422-5673, me puedes enviar un fax al (315) 466-5673, o puedes enviarme un correo electrónico a joseperez@josepereztuabogado.com. Mi oficina esta localizada en el 120 East Washington Street, Suite 925, Syracuse, New York 13202. También tenemos oficinas en Buffalo y Rochester!!! Recuerda buscar mi artículo en la próxima edición del mes Julio.