Salida voluntaria. ¿Es realmente la mejor opción?
En los últimos dos artículos les he estado hablando acerca de deportaciones sin audiencia ante un juez lo cual es bastante problemático por las severas consecuencias que trae consigo la Orden Estipulada de Deportación y la Deportación Expedita. Y ahora para finalizar la serie de tres artículos acerca de inmigración les quiero hablar acerca de un beneficio migratoria llamada Salida Voluntaria (o “Voluntary Departure” por su nombre en Ingles”).
Salida voluntaria o retorno voluntario es cuando se le permite a un inmigrante salir de Estados Unidos voluntariamente bajo su propia cuenta sin recibir una orden de deportación. Es un beneficio de inmigración que debe ser otorgado por un oficial de inmigración. Este beneficio es particularmente importante para aquellos individuos que en un futuro pueden obtener una visa para entrar a Estados Unidos (ya sea a través de un familiar en Estados Unidos o a través de su empleador, por ejemplo).
Al solicitar y/o aceptar una salida voluntaria, uno admite no tener ninguna pretensión legal para estar en Estados Unidos y promete dejar el país voluntariamente dentro de un plazo específico de tiempo, en vez de ser formalmente expulsado. Sin embargo, si un individuo al que se le ha concedido la salida voluntaria no se va del país en el tiempo especificado, se enfrentará a grandes multas y obstáculos de 10 años de espera para poder calificar para varios tipos de remedios a la deportación. Si es otorgada la salida voluntaria, usted deberá salir en 60 o 120 días.
Se puede solicitar y otorgar la salida voluntaria de dos maneras: ante un agente de inmigración o en una audiencia ante un juez de inmigración. Aunque no hay un límite de veces para recibir la salida voluntaria, el gobierno trata de otorgarla sólo a personas que no la han tenido previamente.
Para que el juez otorgue este beneficio, usted debe demostrar:
- Estuvo presente físicamente en Estados Unidos por al menos un año antes del inicio de los procedimientos de deportación;
- Ha sido una persona de buen carácter moral por al menos 5 años consecutivos, previos a la solicitud de la salida voluntaria;
- No ha cometido una felonía agravada;
- No es deportable como una amenaza a la seguridad de Estados Unidos; y
- Tiene los medios para salir de Estados Unidos y pretende hacerlo.
El gran problema de la salida voluntaria, que muchísimos Centroamericanos experimentan, especialmente los Mexicanos, es que firman la salida voluntaria tan pronto son detenidos. Esto es bastante problemático porque ellos piensan que van a poder regresar tan pronto salgan de los Estados Unidos sin problema alguno. Sin embargo, si hay problemas. Por ejemplo, cuando una persona que ha recibido la salida voluntaria regresa a los Estados Unidos, esa persona si es detenida nuevamente no podrá salir bajo fianza, no podrá obtener ciertos beneficios, y no tendrá una audiencia ante un juez de inmigración. Es por ello que lo recomendable es que no se firme una salida voluntaria cuando son detenidos, sino que contratan un abogado para que los represente en el juicio de inmigración, que a pesar de no tener posibilidades de quedarse en los Estados Unidos, el abogado podrá ayudarlo a quedarse por bastante tiempo en los Estados Unidos mientras se dilucida el juicio.
Debes recordar que mis artículos, y en particular la intención de este artículo no es darte consejo legal; al contrario, fue redactado con la intención de guiarte acerca de los derechos de los inmigrantes. Además, este artículo no identifica o explica todos los posibles problemas que se puedan presentar en un caso de inmigración. Cada caso tiene hechos particulares y específicos que por lo tanto podrían determinar o arrojar diferentes resultados.
Yo represento a personas en casos de Inmigración. Si tienes alguna pregunta acerca de un caso de inmigración o de una petición, por favor no dudes en llamarme al teléfono (315) 422-5673, me puedes enviar un fax al (315) 466-5673, o puedes enviarme un correo electrónico a joseperez@josepereztuabogado.com. Mi oficina esta localizada en 120 East Washington Street, Suite 925, Syracuse, New York 13202. ESPERO QUE HAYAS TENIDO UNA FELIZ NAVIDAD Y QUE ESTE NUEVO AÑO ESTE LLENO DE TODAS LAS COSAS BUENAS QUE TE MERECES. Recuerda buscar mi articulo en la próxima edición del mes de Febrero.